"Tengo que enviar el SIGRAC" es una frase que significa dos cosas completamente distintas según quién la diga. Y ahí empieza el problema.
El portal recibe informes de dos tipos de regulado, con obligaciones distintas: el taller, bajo el RBAC 145 (el equivalente brasileño de la FAR Parte 145), y el operador, bajo el RBAC 135 o 121. Plazos diferentes, contenidos diferentes, alcances diferentes. Tratarlos como si fueran uno solo es el camino más corto para perder el plazo de uno creyendo haber cumplido el otro — o para preocuparse por un informe que ni siquiera se aplica a su operación.
Este artículo separa las dos vías.
Vía 1 — Taller, bajo el RBAC 145
Quien tiene certificado de organización de mantenimiento tiene dos entregas recurrentes.
Informe mensual de servicios ejecutados. Según el RBAC 145.221-I, el taller informa los servicios que ejecutó en el mes. El plazo es hasta el último día hábil del mes siguiente.
El detalle que más se escapa: un mes sin servicios no es un mes sin informe. Si el taller no ejecutó ningún servicio en el período, lo declara — la ausencia de movimiento debe declararse, no silenciarse.
Informe trimestral de personal técnico. La nómina de quienes están habilitados para ejecutar y liberar servicios, con la función ejercida.
La estructura de ambos está bien definida en la Guía de Utilización del SiGRAC (3.ª edición, marzo de 2023): el archivo mensual tiene 19 columnas y el trimestral, 6. También están estandarizados los vocabularios de la ANAC — las funciones del personal técnico y los tipos de servicio — y es aquí donde aparece la mayoría de los errores de llenado.
Qué traba el llenado en la práctica
La función de la ANAC no es el cargo interno. El portal trabaja con siglas propias — IMA, SMA, CTM, MMA — y la correspondencia desde los cargos del taller es directa para algunos y ambigua para otros. Quién tiene prerrogativa de APRS, en particular, no se deduce del cargo: es información que alguien necesita afirmar.
El informe de personal filtra por fecha de admisión. Parece un detalle hasta la hora de armar el archivo y descubrir que el sistema interno nunca guardó esa fecha. Deducir la admisión a partir de "cuándo se creó el registro" es el tipo de atajo que pone información errónea en un informe a la autoridad — peor que un campo vacío.
El par tipo de servicio y categoría debe ser válido. No toda combinación existe en el vocabulario de la ANAC. Descubrirlo en el momento de la carga, con el plazo corriendo, es el peor momento posible.
Vía 2 — Operador, bajo el RBAC 135 o 121
Aquí cambia todo: plazo, contenido y — lo más importante — quién está sujeto.
Según el §135.417, el operador entrega, dentro de los primeros 10 días hábiles de cada mes, un informe resumido del mes anterior con dos bloques:
(a) Interrupciones y desvíos. Interrupción de vuelo, cambio no previsto de aeronave en ruta, parada o desvío no previstos por falla conocida o sospechada — siempre que el evento no haya generado un RDS (§135.415, Resolución n.º 714/2023). Lo que ya se convirtió en RDS no se vuelve a contar aquí.
(b) Puestas en bandera de hélice en vuelo. Por tipo de hélice, motor y aeronave. Excluyendo entrenamiento, demostración y examen — la puesta en bandera provocada en un entrenamiento no es una ocurrencia que deba reportarse.
Quién queda fuera — y eso importa más que el resto
Este informe no es de todo taxi aéreo. Se aplica al RBAC 121 y al RBAC 135 con aeronave de más de 9 asientos (§135.411(a)(2)). El operador pequeño, encuadrado en el §135.411(a)(1), no tiene PMAC obligatorio — y, con él, no carga con esta entrega.
Vale insistir porque la confusión sale cara en ambos sentidos: el operador de una aeronave liviana puede pasar meses creyendo que está en mora con un informe que nunca fue suyo; y el operador que cruzó la línea de los 9 asientos puede creer que sigue dispensado.
Si su operación está en el perfil del Operador Simples, la categoría creada en marzo de 2026 ya limita la flota a una aeronave de hasta 9 asientos — lo que, en la práctica, lo deja fuera de este informe específico.
Por qué se confunden los dos
Tres motivos, y todos tienen el mismo remedio: separar las vías antes de discutir plazos.
- La sigla es la misma. "Enviar el SIGRAC" no dice cuál informe.
- Los plazos son casi opuestos. El taller cierra al final del mes siguiente; el operador entrega en los primeros 10 días hábiles. Quien guarda "el plazo del SIGRAC" como una sola fecha se equivocará en uno de los dos.
- El alcance del informe del operador depende de los asientos, no del tipo de certificado. Dos empresas con el mismo RBAC 135 pueden tener obligaciones distintas.
Errores que aparecen con frecuencia
Tratar un mes parado como un mes sin obligación. En el taller, el mes sin servicios tiene su propia declaración.
Deducir lo que debería afirmarse. Fecha de admisión, prerrogativa de APRS, "¿esto fue una interrupción de vuelo?" — son juicios de quien opera. Un sistema que los infiere para llenar el campo está generando riesgo, no productividad.
Reportar lo que ya se convirtió en RDS. El bloque (a) del §135.417 cubre justamente lo que no generó RDS.
Contar la puesta en bandera de entrenamiento. La exclusión es explícita.
Descubrir el vocabulario el día del envío. Clasificar servicio por servicio la víspera es como se pierde el plazo.
Cómo lo trata Alis
La vía del taller está lista: clasificación del servicio según el vocabulario de la ANAC a lo largo del mes — y no en la víspera —, validación del par tipo/categoría antes de guardar, nómina de personal técnico con la función de la ANAC derivada del registro, y generación de los archivos mensual y trimestral en el formato de la Guía.
La vía del operador tiene pantalla propia, y no una pestaña dentro del taller — misma sigla, otro informe, otra rutina. El evento se registra a mano a propósito: "interrupción de vuelo" es juicio del operador, no un estado que se pueda inferir de una discrepancia. El sistema calcula el alcance (si la aeronave supera los 9 asientos) y separa lo que no cuenta — entrenamiento, demostración, examen y lo que se convirtió en RDS.
Una transparencia: para la vía del operador, el formato del archivo de envío todavía no está cerrado de nuestro lado, y la pantalla se lo dice a quien la usa en lugar de fingir que lo está. El control y el resumen existen; el empaquetado final sigue pendiente de confirmación.
Si su operación también mantiene flota propia, vale ver cómo esto conversa con el control técnico de mantenimiento y con el diario de a bordo electrónico — el informe resulta mucho más simple cuando el dato ya nació estructurado.
Este artículo tiene carácter informativo y no sustituye la consulta a la reglamentación vigente de la ANAC ni la orientación formal aplicable a su operación. Los plazos y formatos deben confirmarse en la versión vigente de la Guía de Utilización del SiGRAC y en los reglamentos citados.